CUOTAS
La cuota de incorporación al Colegio es de 135,84 €, estando exentos de ella aquellos ingenieros que se colegien dentro de los doce meses siguientes a la terminación de la carrera (*).
(*) En el caso de solicitantes en razón al reconocimiento u homologación de un Título obtenido en el extranjero, se considerará fecha de terminación de la carrera la fecha en que se haya dictado la Orden Ministerial correspondiente.
La cuota ordinaria con carácter general es de 271,64 €/año.
La cuota de reincorporación para los ingenieros que, en situación de baja, quieran volver a darse de alta en el Colegio tiene la cuantía de un año completo de colegiación.
Reducciones de la cuota ordinaria:
Los Colegiados que hayan solicitado su incorporación al Colegio dentro de los 12 meses siguientes a la terminación de la carrera (*), tienen derecho a las siguientes reducciones de la cuota:
- Reducción de un 65% durante los doce primeros meses de colegiación (95,07 €/año).
- Reducción de un 30% durante los doce meses siguientes a los contemplados en el apartado anterior. (190,15 €/año)
Los Colegiados mayores de 75 años, están exentos del pago de la cuota.
Los jubilados (incluidos los de extranjero) tienen una reducción de un 75% de la cuota (67,92 €/año), a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
Los Colegiados residentes en el extranjero (salvo que sea en USA o Canadá), abonan el 80% de la cuota ordinaria (217,31 €/año), a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
Los Colegiados residentes en USA o Canadá abonan el 70% de la cuota ordinaria (190,15 €/año), a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados..
Reducción del 30% tienen también los colegiados que realicen cursos de Postgrado (incluidos los de extranjero), mientras dure dicha situación, a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
Los Colegiados en situación de desempleo tienen una reducción del 90% de la cuota ordinaria mientras dure dicha situación, que justificarán debidamente. Dicha reducción será efectiva en el siguiente recibo trimestral desde el momento de presentación del correspondiente justificante.
Situaciones especiales, están exentos del pago de la cuota, a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.