
NOTAS DE PRENSA
De acuerdo con el régimen jurídico aplicable, y según lo recogido en la Base de Datos de Profesiones Reguladas de la Comisión Europea, las actividades propias de la profesión son la asesoría, análisis, diseño, cálculo, proyecto, planificación, dirección, gestión, construcción, mantenimiento, conservación y explotación en los campos de la ingeniería civil, obras públicas, infraestructura del trasporte, recursos hidráulicos y energéticos, edificación, construcción y estructuras, urbanismo y ordenación del territorio y costas.
El ejercicio de la profesión exige tener la titulación habilitante: el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos; el de Máster Universitario en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos; un título homologado a los anteriores; o un título europeo reconocido para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Asimismo la colegiación es obligatoria para el ejercicio de la profesión.
Si una persona ejerce actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido, homologado o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente comete, según lo establecido en el artículo 403 del Código Penal, un delito de intrusismo, castigable con la pena de multa de doce a veinticuatro meses o con la pena de prisión de seis meses a dos años si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido.
De conformidad con la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales corresponde a los colegios profesionales adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional y la defensa de la profesión ante los Juzgados y Tribunales con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales.
Entre las últimas acciones frente al intrusismo, el Colegio ha ejercitado acciones frente a una persona que había sido contratada por una empresa constructora como Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, resultando que había falsificado el título. El Colegio está acusando al intruso por los delitos de intrusismo y falsificación solicitando una condena de cinco años de prisión y multa de doce meses. El Ministerio Fiscal que también acusa por los referidos delitos solicita un año y nueve meses de prisión y multa de veintiocho meses. El Juzgado de Instrucción ha abierto juicio oral por este asunto.
Más recientemente el Colegio ha denunciado, por intrusismo y falsificación, y se ha personado como acusación particular frente a una persona que también ha falsificado el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, ha firmado proyectos como tal y ha llegado a desempeñar el puesto de Responsable de Infraestructuras del Puerto de Gijón. Este procedimiento se encuentra en fase de instrucción.
El pasado 5 de abril, el Colegio se ha visto obligado a requerir a la Autoridad Portuaria de Las Palmas que se abstenga de promover, amparar, dar cobertura o permitir que una Ingeniera Técnica Topógrafa a su servicio realice actividades reservadas a la profesión regulada de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, toda vez que dicha Autoridad la ha nombrado responsable de infraestructuras, puesto con las siguientes funciones:
– De planificación de proyectos y obras en el puerto
– De control y seguimiento técnico y económico de las obras realizadas para la Entidad
– De llevar a cabo el reconocimiento final de las obras propias y de las concesiones
– De elaborar proyectos de infraestructuras portuarias
Dichas funciones en toda su extensión sólo corresponde a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. En ese sentido la única profesión que en la Base de Datos de Profesiones Reguladas de la Comisión Europea aparece con competencias no limitadas en el ámbito de las infraestructuras portuarias es la Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos
Junto con el combate del intrusismo en sentido estricto el Colegio realiza una profusa defensa de las competencias e intereses de la profesión. Sin esa defensa, el campo de actuación de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos se reduciría y otras profesiones lo invadirían. Contra las reservas de actividad injustificadas se defiende que los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos puedan intervenir en todas las actividades profesionales para las que hayan adquirido, con el cursado y superación de la titulación habilitante, los conocimientos técnicos necesarios. También se realizan acciones para que quienes no tienen los conocimientos técnicos necesarios no puedan realizar trabajos o actividades propias de la profesión de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. En el último ejercicio cerrado, 2022, el Colegio interpuso 16 recursos contencioso administrativos en defensa de las competencias de la profesión y se personó en otros 14 procedimientos contenciosos. En 2022 el Colegio obtuvo 15 sentencias favorables y 69 resoluciones administrativas favorables.
FUENTE: COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS